Informe de Análisis Subsidio Eléctrico
Detalle consulta
Nombre de la consulta:
Informe de Análisis Subsidio Eléctrico
Estado | Cerrada |
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Dias para participar | 15 días corridos |
Fecha de inicio | Jueves, 16 Enero, 2025 |
Fecha de término | Jueves, 30 Enero, 2025 |
Correo recepción | subsidioelectrico@minenergia.cl |
CONSULTAS CIUDADANAS
La Ley N°21.667, que modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria, publicada en el Diario Oficial el 30 de abril de 2024, surge de la necesidad de estabilizar las tarifas eléctricas en Chile, otorgando sostenibilidad financiera al sistema eléctrico y garantizando, al mismo tiempo, la protección de los consumidores ante las variaciones de precios. Entre uno de los principales aspectos de esta ley, y sobre el cual se enfoca este informe, se encuentra la creación de un subsidio transitorio para el consumo de energía eléctrica entre 2024 y 2026, beneficiando a usuarios residenciales de hogares identificados como vulnerables. Para dar cumplimiento a este mandato los Ministerios de Energía, Hacienda y Desarrollo Social y Familia dictaron el Decreto Exento N°136 de, de junio de 2024, que establece para los años 2024, 2025 y 2026 el subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica y regula el procedimiento de concesión, pago y demás normas necesarias para su otorgamiento.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la implementación mediante la presentación de un informe de análisis el cual se indica a continuación.
SUBSIDIO ELÉCTRICO: EN BUSCA DE LA EQUIDAD ENERGÉTICA
En Chile, durante el 2024, se produjo una importante alza en las tarifas eléctricas, lo que representa una carga financiera considerable para los hogares de menores ingresos. Es por esto por lo que el subsidio eléctrico se presenta como una herramienta para mitigar los impactos de dichas alzas. En este sentido, este beneficio tiene como objetivo principal reducir el impacto económico de las tarifas eléctricas en los bolsillos de las familias más vulnerables socioeconómicamente, promoviendo así la equidad social.
Desde su implementación, el subsidio eléctrico ha generado expectativas y ha sido objeto de análisis y evaluación por parte de diversas instituciones y la sociedad civil. Es, por tanto, que este informe tiene como finalidad presentar un análisis detallado del funcionamiento del subsidio hasta la fecha, presentando de manera cronológica su implementación y evaluando el alcance, oportunidades y desafíos que se ha presentado durante su puesta en marcha. A través de una revisión de procesos operativos y administrativos, se busca presentar a la ciudadanía e instituciones de la sociedad civil el impacto de esta política pública.
Con este documento, se espera contribuir al diálogo sobre cómo avanzar en la construcción de un sistema energético más justo y accesible para todas las personas.
Forma de participar:
Observaciones y comentarios a la propuesta: En el presente proceso de consulta pública podrá participar toda persona natural, así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación:
Este formulario deberá ser enviado al correo subsidioelectrico@minenergia.cl, hasta el jueves 30 de enero de 2025.
Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto a contar del día 16 de enero de 2025, y el cierre se efectuará el día 30 de enero de 2025 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso |
Plazo |
Objetivo |
Consulta Ciudadana |
Desde el 16 al 30 de enero de 2025, correspondiente a 15 días corridos. |
Periodo durante el cual la ciudadanía y organizaciones interesadas podrán efectuar sus observaciones y comentarios al plan sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta |
Las respuestas finales a los comentarios serán publicadas el día 14 de febrero de 2025. |
Periodo durante el cual el Ministerio de Energía analizará las observaciones y/o comentarios hechos por la ciudadanía y organizaciones interesadas, y se elaborarán las respuestas, las que serán puestas a disposición del público. No obstante, las observaciones y/o comentarios no son vinculantes. |
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo y aquellas observaciones que sean acogidas, serán incorporadas en el documento final.