Modificación Decreto Supremo N° 327, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos
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CONSULTAS CIUDADANAS
La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la Administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía, mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en sus artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de modificación de reglamento que se indica a continuación:
Modificación Decreto Supremo N° 327, que Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos
El 14 de octubre del 2013, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.701 que introdujo modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de mejorar el sistema de tramitación de concesiones eléctricas, dotándolo de mayor celeridad y certeza. Esta modificación legal motivó, a su vez, la modificación del Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, contenido en el Decreto Supremo N° 327, de 1997, del Ministerio de Minería, a fin de adecuar las disposiciones de este último al nuevo texto de la ley, lo que se materializó a través del Decreto Supremo N° 30, de 2014, del Ministerio de Energía.
Desde la entrada en vigencia la Ley N° 20.701 y del citado Decreto Supremo N° 30, han transcurrido más de 5 años, constatándose la necesidad de incorporar nuevas modificaciones al Decreto Supremo N° 327, con el objeto de perfeccionar el procedimiento de tramitación de las concesiones eléctricas, además de incorporar medidas que permitan avanzar en la digitalización del procedimiento concesional, conforme a lo instruido mediante el Instructivo Presidencial N° 1, de 2019, sobre transformación digital en los órganos de la Administración del Estado. En razón de lo anterior, se hace necesario modificar el Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de actualizar el marco regulatorio concesional vigente.
En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta de modificación del Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.
Descarga texto modificación de reglamento concesiones eléctricas
Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico concesioneselectricas@minenergia.cl
Descargar formulario de observaciones
Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 15 días hábiles, a contar del día 15 de mayo de 2020, por tanto, el cierre se efectuará el día 8 de junio de 2020 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso | Plazo | Objetivo |
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Consulta Ciudadana | 15 días hábiles contados desde el 15 de mayo de 2020, prorrogables por una sola vez hasta por 7 días hábiles. | Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta | Hasta un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 7 días hábiles. | Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |
Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:
Observaciones y/o comentarios recibidos
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.
Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el link que se indica a continuación, se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por el Presidente de la República y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.
https://www.energia.gob.cl/mini-sitio/reglamentos
Fecha última actualización: 06 de Agosto de 2020
Documentos Descargables
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