REGLAMENTO DE MEDIOS DE GENERACIÓN DE PEQUEÑA ESCALA
Detalle consulta
CONSULTAS CIUDADANAS
La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la Administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía, mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en sus artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:
REGLAMENTO DE MEDIOS DE GENERACIÓN DE PEQUEÑA ESCALA
El Eje N°4 de la Ruta Energética planteó como finalidad fomentar la competencia en el mercado de la generación distribuida. Así, en conjunto con la actualización del marco legal del sector de distribución de energía eléctrica, el Ministerio de Energía avizoró la necesidad de corregir y actualizar el marco reglamentario referente a los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) y los Pequeños Medios de Generación (PMG).
Así, la nueva reglamentación tratará las siguientes temáticas:
1. Perfeccionar los mecanismos de estabilización de precio aplicables al costo marginal a los cuales pueden optar los medios de generación conectados al sistema eléctrico nacional con excedentes de potencia de hasta 9.000 kW para dotar de certeza a los agentes de mercado.
2. Perfeccionar los procedimientos de procedimiento de interconexión, energización y puesta en servicio de dichos medios, así como modernizar las exigencias de operación y coordinación de los mismos.
En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta de reglamento de medios de generación de pequeña escala.
Descargar Reglamento PMGD 2 de agosto 2019
Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrán participar toda persona natural así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico ReglamentoDS244@minenergia.cl
Descargar Planilla Observaciones y Comentarios
Plazos de consulta: Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 2 de agosto de 2019, por tanto, el cierre se efectuará el día 19 de agosto de 2019 a las 23:59 horas. Se prorroga en 5 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por lo tanto el cierre se efectuará el día 26 de agosto de 2019 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso | Plazo | Objetivo |
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Consulta Ciudadana | 10 días hábiles contados desde el 2 de agosto de 2019, prorrogables por una sola vez hasta por 5 días hábiles. | Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta | Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 5 días hábiles. | Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |
Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:
Observaciones y comentarios recibidos
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.
Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el link que se indica a continuación, se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por el Presidente de la República y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.
https://www.energia.gob.cl/mini-sitio/reglamentos
Fecha última actualización: 29 de Agosto de 2019
Documentos Descargables
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