Reglamento del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional
Detalle consulta
La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante Resolución Exenta Nº 32, de 22 de abril de 2015, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículo 14, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas ciudadanas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:
REGLAMENTO DEL COORDINADOR INDEPENDIENTE DEL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL
El 20 de julio de 2016 se publicó en el diario oficial la Ley Nº 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, introduciendo asimismo diversas modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos.
El coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, creado por la ley Nº 20.936, es un organismo técnico e independiente encargado de la coordinación de la operación del conjunto de las instalaciones del sistema eléctrico nacional que operen interconectadas entre sí, de conformidad a lo dispuesto en la Ley y demás normativa vigente.
Sin perjuicio de las funciones que conforme a la ley le corresponde ejercer al Coordinador, cabe mencionar que éste remitió a un reglamento la regulación de las normas relativas a su organización, composición, funciones y atribuciones.
En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta de Reglamento del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional.
Forma de participar: Podrán participar en el presente proceso de consulta, todos los ciudadanos y empresas u organizaciones interesadas enviando sus observaciones y comentarios, a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico coordinador@minenergia.cl
Descargar Formulario de Observaciones y Comentarios
Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 2 de noviembre de 2016, por lo tanto el cierre se efectuará el día 16 de noviembre de 2016 a las 23:59. Se prorroga en 5 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por lo tanto el cierre se efectuará el día 23 de noviembre de 2016 a las 23:59 horas. La etapa del proceso correspondiente a la consulta ciudadana se encuentra cerrada.
Etapa Proceso |
Plazo |
Objetivo |
Consulta Ciudadana |
10 días hábiles contados desde el 2 de noviembre de 2016, prorrogable por una sola vez hasta por 5 días hábiles. |
Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta |
Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 5 días hábiles.
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Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |
Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:
Descargar Opiniones y comentarios recibidos
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.
“Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el siguiente link https://www.energia.gob.cl/sobre-el-ministerio/reglamentos-en-tramite se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por la Presidenta y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.”
Fecha última actualización: 15 de diciembre de 2016
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