Reglamento para la determinación y pago de las compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico

Detalle consulta

Nombre de la consulta:

Reglamento para la determinación y pago de las compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico


Estado Cerrada
Dias para participar
Fecha de inicio
Fecha de término Jueves, 26 Enero, 2017
Correo recepción

La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante Resolución Exenta Nº 32, de 22 de abril de 2015, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículo 14, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas ciudadanas virtuales.

Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:  

Reglamento para la determinación y pago de las compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico

El 20 de julio de 2016 se publicó en el diario oficial la Ley Nº 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, introduciendo asimismo diversas modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos, entre ellas, aquellas referidas a las compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico.

En tal sentido, y sin perjuicio de las sanciones que corresponda, todo evento o falla, ocurrido en instalaciones eléctricas que no están destinadas a prestar el servicio público de distribución, que provoque a usuarios finales las indisponibilidades de suministro señaladas en el artículo 72°-20 de la Ley, darán lugar a las compensaciones establecidas en dicho artículo, remitiéndose a un reglamento la regulación de aquellas materias vinculadas a la determinación y  pago de las compensaciones que deberán efectuar las empresas generadoras, transmisoras o las que operen instalaciones para la prestación de servicios complementarios o sistemas de almacenamiento de energía, a los usuarios finales sometidos o no a regulación de precios, afectados por la respectiva falla o evento que provoque indisponibilidad de suministro.

En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta de reglamento para la determinación y pago de las compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico.

Descargar Reglamento Compensaciones

Forma de participar: Podrán participar en el presente proceso de consulta, todos los ciudadanos (hombres y mujeres), así como las empresas u organizaciones interesadas enviando sus observaciones y comentarios, a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico compensaciones@minenergia.cl

Descargar Formulario de Observaciones y Comentarios

Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 5 de enero de 2017, por lo tanto el cierre se efectuará el día 19 de enero de 2017 a las 23:59 horas. Se prorroga en 5 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por lo tanto el cierre se efectuará el día 26 de enero de 2017 a las 23:59 horas. La etapa del proceso correspondiente a la consulta ciudadana se encuentra cerrada.

Etapa Proceso Plazo Objetivo
Consulta Ciudadana 10 días hábiles contados desde el 5 de enero de 2017, prorrogable por una sola vez hasta por 5 días hábiles. Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana.
Consolidación y Respuesta Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 5 días hábiles.

 

Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público.

Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:

Descargar Formulario de Observaciones y Comentarios Recibidos.

Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.

Descargar Documento de Respuestas.

Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el siguiente link https://www.energia.gob.cl/sobre-el-ministerio/reglamentos-en-tramite se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por la Presidenta y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.

Fecha última actualización: 03 de marzo de 2017

 

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