REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA INTEROPERABILIDAD DE LOS SISTEMAS DE CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS
Detalle consulta
La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la Administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía, mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en sus artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA INTEROPERABILIDAD DE LOS SISTEMAS DE CARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS.
El 13 de febrero del 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.305 Sobre Eficiencia Energética cuyo objeto es promover el uso racional y eficiente de los recursos energéticos, por cuanto la eficiencia energética es la forma más segura, económica y sustentable de cubrir nuestras necesidades energéticas, las que, en países en desarrollo como el nuestro, son cada vez mayores.
Entre los contenidos de la ley se encuentra la regulación de la interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos, pudiendo normar el funcionamiento de la referida interoperabilidad, así como requerir la información que a tal efecto sea pertinente. Esto ya que el desarrollo de redes de carga para vehículos eléctricos es un elemento clave en la masificación y pronta adopción de la movilidad eléctrica, la cual presenta muchos beneficios en términos de eficiencia energética y disminución de emisiones. En este sentido, es fundamental lograr el despliegue de redes de carga que sean compatibles entre sí, con conexiones estandarizadas, con protocolos de comunicación normados y que sean accesibles para todos los usuarios.
Para la regulación de la interoperabilidad señalada, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador del reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de carga de vehículos eléctricos.
Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural, así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo interoperabilidad@minenergia.cl.
Descargar formulario observaciones
Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 15 días hábiles, a contar del día 20 de diciembre de 2021, por tanto, el cierre se efectuará el día 10 de enero de 2022 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso | Plazo | Objetivo |
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Consulta Ciudadana | 15 días hábiles contados desde el 20 de diciembre de 2021, prorrogables por una sola vez hasta por 7 días hábiles. | Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta | Hasta un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 7 días hábiles. | Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo y aquellas observaciones que sean acogidas, serán incorporadas en el documento final.
Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el link que se indica a continuación, se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por el Presidente de la República y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.
https://energia.gob.cl/mini-sitio/reglamentos
Fecha última actualización: 15 de Febrero de 2022
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