REGLAMENTO QUE FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Detalle consulta

Nombre de la consulta:

REGLAMENTO QUE FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA


Estado Cerrada
Dias para participar
Fecha de inicio
Fecha de término Jueves, 18 Marzo, 2021
Correo recepción

 

La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.

Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que fija el procedimiento para la elaboración del plan nacional de eficiencia energética:

 

REGLAMENTO QUE FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

El 13 de febrero del 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.305 Sobre Eficiencia Energética cuyo objeto es promover el uso racional y eficiente de los recursos energéticos, por cuanto la eficiencia energética es la forma más segura, económica y sustentable de cubrir nuestras necesidades energéticas, las que en países en desarrollo como el nuestro, son cada vez mayores.

La ley de eficiencia energética contiene importantes elementos para la maduración y desarrollo de la eficiencia energética en Chile, entre los cuales se encuentra la institucionalización de la eficiencia energética en el marco del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Bajo esta premisa y con el objetivo de asegurar que las acciones de eficiencia energética tengan una mirada de largo plazo, que transciendan de los gobiernos de turno, y que involucren no solo al Ministerio de Energía, sino a diversas instituciones públicas que están relacionadas con el tema, el artículo 1° de la ley establece que, cada cinco años, el Ministerio de Energía deberá elaborar un Plan Nacional de Eficiencia Energética, el que deberá ser sometido al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

Para elaborar el mencionado plan, el Ministerio de Energía ha redactado la presente propuesta de reglamento, que incluye:

  • Contenido del plan nacional de eficiencia energética.
  • Procedimiento para elaborar el plan nacional de eficiencia energética.
  • Evaluación del plan nacional de eficiencia energética.

 

En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador del reglamento que fija el procedimiento para la elaboración del plan nacional de eficiencia energética.

Propuesta de Reglamento

Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico reglamentoplanee@minenergia.cl

Planilla de Observaciones y Comentarios

Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 15 días hábiles, a contar del día 16 de febrero de 2021, por tanto, el cierre se efectuará el día 9 de marzo de 2021 a las 23:59 horas. Se prorroga en 7 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por tanto, el cierre se efectuará el día 18 de marzo de 2021 a las 23:59 horas.

Etapa Proceso Plazo Objetivo
Consulta Ciudadana 15 días hábiles contados desde el 16 de febrero de 2021, prorrogables por una sola vez hasta por 7 días hábiles. Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana.
Consolidación y Respuesta Hasta un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 7 días hábiles. Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público.

Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.

Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta , y la consolidación y respuesta correspondiente:

Opiniones y comentarios recibidos

Consolidación y respuesta

Fecha última actualización: 19 de Abril de 2021

Documentos Descargables

Nombre Documento