Reglamento servicio de gas de red y distribución de gas licuado a granel

Detalle consulta

Nombre de la consulta:

Reglamento servicio de gas de red y distribución de gas licuado a granel


Estado Cerrada
Dias para participar
Fecha de inicio
Fecha de término Viernes, 3 Enero, 2020
Correo recepción

 

CONSULTAS CIUDADANAS

La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la Administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía, mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en sus artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.

Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:

REGLAMENTO DE SERVICIO DE GAS DE RED Y DE DISTRIBUCIÓN DE GAS LICUADO A GRANEL

El 9 de febrero de 2017 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.999, que modificó la Ley de Servicios de Gas y otras disposiciones, normativa cuyo objetivo radica en modernizar la Ley General de Servicios de Gas, en cuanto a: (i) las exigencias regulatorias de los servicios de gas; (ii) llenar y corregir los vacíos regulatorios de la actual normativa; y (iii) actualizar, uniformar y adecuar la terminología y conceptos referentes a la distribución de gas de red y de gas licuado de petróleo (GLP).

En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta del reglamento de servicio de gas de red y de distribución de gas licuado a granel.

Descargar Reglamento servicio de gas de red
v_Consulta pública.pdf

Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico reglamentogas@minenergia.cl

Descargar formulario
observaciones y/o comentarios

Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 11 de diciembre de 2019, por tanto, el cierre se efectuará el día 26 de diciembre de 2019 a las 23:59 horas. Se prorroga en 5 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por tanto, el cierre se efectuará el día 3 de enero de 2020 a las 23:59 horas.

Etapa Proceso Plazo Objetivo
Consulta Ciudadana Consulta Ciudadana 10 días hábiles contados desde el 11 de diciembre de 2019, prorrogables por una sola vez hasta por 5 días hábiles. Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana.
Consolidación y Respuesta Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 5 días hábiles. Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público.

 

Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:

Observaciones y comentarios recibidos

Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.

Consolidación y respuesta

Tramitación del reglamento ante Contraloría:  Se informa que en el link que se indica a continuación, se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por el Presidente de la República y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.

https://www.energia.gob.cl/mini-sitio/reglamentos

Fecha última actualización: 07 de Agosto de 2020

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