Modificaciones reglamentarias para la implementación de la Ley de Transición Energética
Detalle consulta
Nombre de la consulta:
Modificaciones reglamentarias para la implementación de la Ley de Transición Energética
| Estado | Cerrada |
|---|---|
| Dias para participar | |
| Fecha de inicio | Martes, 9 Septiembre, 2025 |
| Fecha de término | Lunes, 13 Octubre, 2025 |
| Correo recepción | reglamentostransicion@minenergia.cl |
Información General de la Consulta
Nombre de la Consulta
Modificaciones reglamentarias para la implementación de la Ley de Transición Energética
Estado
Saldrá a consulta el día martes 9 de septiembre
Días para Participar
15 días hábiles, prorrogable por hasta 7 días hábiles.
Fecha de Inicio
Martes 9 de septiembre, 2025
Fecha de Término
Lunes 13 de octubre, 2025
Correo Recepción
Marco Legal y Propósito
La Ley N°20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la Administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía, mediante la Resolución Exenta N°117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en sus artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de las propuestas de reglamento que se indica a continuación:
Modificaciones al D.S. N°37 Reglamento de los sistemas de Transmisión y de la Planificación de la Transmisión y al D.S. N°10 Reglamento de Calificación, Valorización, Tarificación y Remuneración de las instalaciones de Transmisión
Contenido Específico del Reglamento
En el marco de implementación de la Ley N° 21.721, también denominada "Ley de Transición Energética", el Ministerio de Energía en los meses de abril y mayo de 2025 realizó la Mesa "Modificaciones reglamentarias para la Implementación de la Ley N° 21.721, de Transición Energética". Esta mesa tuvo como principal objetivo que los distintos actores del sector pudiesen plantear sus propuestas para la implementación de aquellas materias que incorpora la Ley N° 21.721, así como otras materias que requieran ser modificadas y que se encuentran tratadas dentro del Decreto N° 37/2019, "Reglamento de los sistemas de Transmisión y de la Planificación de la Transmisión", y en el Decreto N° 10/2019, "Reglamento de Calificación, Valorización, Tarificación y Remuneración de las instalaciones de Transmisión".
En mérito de lo anterior, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de ambas modificaciones reglamentarias. Cabe señalar que, dado el carácter de los documentos sometidos a consulta pública, esta instancia se limita exclusivamente a los cambios introducidos respecto de las versiones vigentes de los reglamentos. En consecuencia, observaciones que no digan relación con dichos cambios o que sean presentadas fuera de plazo no serán consideradas ni analizadas por esta Cartera de Estado.
Forma de participar:
En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural, así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario adjunto, al correo electrónico reglamentostransicion@minenergia.cl
Plazos de consulta:
El proceso de consulta estará abierto durante 15 días hábiles, a contar del día 9 de septiembre de 2025, prorrogable por hasta 7 días hábiles adicionales, a solicitud de algún particular. Por tanto, el cierre sin mediar prórroga se efectuará el día 13 de octubre de 2025 a las 23:59 horas.
Cronograma del Proceso
Publicación de Respuestas
Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo y aquellas observaciones que sean acogidas, serán incorporadas en el documento final.



