REGLAMENTO DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA PARA AUTOCONSUMO

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Nombre de la consulta:

REGLAMENTO DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA PARA AUTOCONSUMO


Estado Cerrada
Dias para participar
Fecha de inicio
Fecha de término Jueves, 13 Junio, 2019
Correo recepción

CONSULTAS CIUDADANAS

La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.

Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:  

REGLAMENTO DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA PARA AUTOCONSUMO

El 17 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.118, que introdujo diversas modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de incentivar el desarrollo de las generadoras residenciales, incorporando una normativa específica que posibilita la generación de energía eléctrica para autoconsumo y la inyección de los excedentes que se produjeren, en sincronía con el respectivo sistema, así como diversas modalidades para el uso de los excedentes antes mencionados.

En atención a las modificaciones incorporadas a la Ley General de Servicios Eléctricos se hace necesario dictar un reglamento que establezca las disposiciones aplicables a la generación distribuida para el autoconsumo, en especial, aquellas que se relacionan con el pago de los remanentes que no hayan podido ser  descontados de la facturación del Usuario final luego del periodo establecido en el contrato de conexión y de las disposiciones necesarias para implementar el modelo de generación distribuida de propiedad conjunta, también conocido como, generación distribuida comunitaria.

En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador de la propuesta de reglamento de generación distribuida para autoconsumo.

Descarga Reglamento consolidado 23 de mayo 2019 v.consulta

Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrán participar todos los hombres y mujeres así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico GeneracionCiudadana@minenergia.cl .

Descargar formulario de observaciones

Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 23 de mayo de 2019, por lo tanto el cierre se efectuará el día 06 de junio de 2019 a las 23:59 horas. Se prorroga en 5 días hábiles el plazo para recibir observaciones, por lo tanto el cierre se efectuará el día 13 de junio de 2019 a las 23:59 horas.

Etapa Proceso Plazo Objetivo
Consulta Ciudadana 10 días hábiles contados desde el 23 de mayo de 2019, prorrogados por 5 días hábiles. Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana.
Consolidación y Respuesta

Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogado por 5 días hábiles.

Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público.

Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:

Link formularios de observaciones y comentarios recibidos

Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.

Link documento de respuesta

Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el link que se indica a continuación, se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República, una vez que éste se encuentre firmado por la Presidenta de la República y haya sido ingresado a la Contraloría para efectos del trámite de toma de razón.

https://www.energia.gob.cl/sobre-el-ministerio/reglamentos-en-tramite 

Fecha última actualización: 17 de Junio de 2019.

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