Consulta Ciudadana del reglamento otros medios ERNC
Detalle consulta
La Ley Nro 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante Resolución Exenta Nro 463, de 16 de agosto de 2011, modificada por Resolución Exenta Nro 28, de 28 de marzo de 2012, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículo 14 bis, que el Ministerio podrá de oficio y en casos fundados, elevar a consulta ciudadana aquellas materias en que se requiera conocer la opinión de la ciudadanía, indicando las materias a tratar y los plazos asociados a esta consulta conjuntamente con el anuncio de la misma a través de la página web institucional.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de reglamento que se indica a continuación:
REGLAMENTO QUE FIJA EL PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE OTROS MEDIOS DE GENERACIÓN RENOVABLES NO CONVENCIONALES ESTABLECIDOS EN EL NUMERAL 7) DEL LITERAL AA) DEL ARTÍCULO 225 DE LA LEY GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS.
Esta Secretaría de Estado, dando cumplimiento a lo señalado en el numeral 7 del literal aa) del artículo 225 de la Ley General de Servicios Eléctricos y a lo comprometido en la Agenda de Energía, ha elaborado el reglamento que fija el procedimiento para la determinación de los otros medios de generación renovables no convencionales indicados en la norma antes referida.
El mencionado reglamento busca completar el marco normativo establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos regulando el procedimiento aplicable para la determinación de otros medios de generación renovables no convencionales, que utilicen energías renovables para la generación de electricidad, contribuyan a diversificar las fuentes de abastecimiento de energía en los sistemas eléctricos y causen un bajo impacto ambiental, así como delimitar el alcance de los requisitos exigidos para dichos medios de generación.
En mérito de lo anterior, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador del reglamento antes señalado con miras a obtener sus observaciones y comentarios.
Forma de participar: Podrán participar en el presente proceso de consulta, todos los ciudadanos y empresas u organizaciones interesadas enviando sus observaciones y comentarios, a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico otrosmediosernc@minenergia.cl.
Plazos de consulta:El proceso de consulta estará abierto durante 10 días hábiles, a contar del día 5 de enero de 2015, por lo tanto el cierre se efectuará el día 19 de enero de 2015 a las 23:59 horas.
Se extiende el proceso de consulta por 3 días hábiles, por lo que el cierre se efectuará el día 21 de enero de 2015 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso | Plazo | Objetivo |
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Consulta Ciudadana | 10 días hábiles contados desde el 5 de enero de 2015, prorrogable por una sola vez por 3 días hábiles. | Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana. |
Consolidación y Respuesta | Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable por 5 días hábiles. | Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |
La etapa del proceso correspondiente a la consulta ciudadana se encuentra cerrada.
Opiniones y comentarios recibidos: A continuación podrá encontrar los comentarios recibidos durante el proceso de consulta:
Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo.
Tramitación del reglamento ante Contraloría: Se informa que en el siguiente link https://www.energia.gob.cl/sobre-el-ministerio/reglamentos-en-tramite se podrá conocer el estado de tramitación del reglamento en la Contraloría General de la República.
Ultima actualización: 27-02-2015
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Nombre Documento | |
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