Empresas Distribuidoras pagarán retiro y reposición de empalme y medidor en caso de fuerza mayor
Empresas Distribuidoras pagarán retiro y reposición de empalme y medidor en caso de fuerza mayor
02 Mar 2018
Una buena noticia para las familias es la entrada en vigencia de una nueva normativa impulsada por el Ministerio de Energía, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, imponiendo a las empresas que entregan el servicio de Distribución Eléctrica la obligación de solventar el retiro y reposición del empalme y medidor en caso de inutilización de las instalaciones por fuerza mayor.
,Producto de los efectos de eventos climáticos, sísmicos e incendios que han azotado a nuestro país, es que ha sido necesario dicha modificación a la Ley, considerando que miles de chilenos han visto afectado sus bienes y que con esta disposición, no tendrán que realizar gastos imprevistos por fuerza mayor.
,La iniciativa, que fue publicada ayer en el Diario Oficial, ya se encuentra en vigencia, y determina que según el Artículo 139 de la Ley 21.076, el empalme y el medidor son parte de la red de distribución y, por tanto, de propiedad y responsabilidad de la concesionaria del servicio público de distribución o de aquel que preste el servicio de distribución.
,Respecto de usuarios que sean propietarios del medidor o empalme, la concesionaria del servicio público de distribución o aquel que preste el servicio de distribución, a partir de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial, deberá asumir íntegramente el costo del retiro o desmantelamiento del empalme y del medidor, así como la ejecución o instalación del empalme y del medidor cuando sea necesaria su reposición, siempre que la inutilización o destrucción de dichas instalaciones se haya producido por fuerza mayor, como terremoto, salida de mar, temporal u otra calamidad, y que la autoridad competente haya decretado estado de catástrofe, de conformidad con la normativa vigente.
,El retiro o desmantelamiento y la ejecución o instalación del empalme y del medidor no estarán condicionados a la inexistencia de servicios impagos, ya sea total o parcialmente, al momento en que se produzca la fuerza mayor y se decrete estado de catástrofe por la autoridad competente.
,Comparte esta información
Tenemos este contenido disponible para ti
Más noticias
07 Dic 2025
Cuarto proceso del subsidio eléctrico culmina con más de 84 mil nuevas postulaciones
La nómina definitiva de hogares que recibirán este beneficio se publicará en febrero y el descuento se verá reflejado mensualmente en las cuentas de la luz de los hogares beneficia...05 Dic 2025
Biministro García anuncia Comité de Expertos para proponer mejoras a la regulación eléctrica y se reúne con empresas transmisoras
Reunión empresas transmisoras: “Solicitamos a las empresas que aporten a la brevedad los antecedentes que permitan cuantificar la magnitud de los datos incompletos o insuficientes,...04 Dic 2025
Chile presente en el 25° Taller Anual sobre Comercio de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero
El Ministerio de Energía, a través del equipo del Proyecto Chile Partnership for Market Implementation (PMI), participa en la 25° versión del taller anual sobre Comercio de Emision...03 Dic 2025
Comunicado de Prensa
El Ministerio de Energía, en pos de velar por el buen funcionamiento del sistema eléctrico nacional y mantener informada a la ciudadanía, señala lo siguiente: 1. ...03 Dic 2025
Cámara de Diputados aprueba proyecto de Ley de Fomento a la Industria del Hidrógeno Verde y pasa al Senado
La iniciativa establece un beneficio tributario transitorio de US$2.800 millones para promover el desarrollo de la industria a través de un incentivo a la demanda de hidrógeno verd...03 Dic 2025
Senado retoma la discusión sobre proyecto de ley que perfecciona los sistemas medianos
La iniciativa busca reducir las brechas en el acceso y calidad del suministro eléctrico en zonas alejadas, y propone que los sistemas medianos de las regiones de Los Lagos, Aysén y...- ‹ anterior
- 1
- 2
- 3
- …
- siguiente ›



