Gobierno destaca aprobación por parte del Congreso de proyecto que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos

Gobierno destaca aprobación por parte del Congreso de proyecto que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos

Gobierno destaca aprobación por parte del Congreso de proyecto que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos

27 Ene 2022

  • Tras casi cuatro semanas de tramitación, fue aprobado el proyecto que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios sanitarios y eléctricos generadas durante la pandemia por COVID-19, y que establece subsidios a los clientes más vulnerables para el pago de éstas.

 

“Es una buena noticia la aprobación del proyecto de ley, el cual establece que las deudas contraídas por usuarios vulnerables durante la pandemia se pagarán en 48 cuotas mensuales. Estas cuotas no podrán superar el 15% de la cuenta y serán cubiertas íntegramente por el subsidio mencionado”, explicó el subsecretario de Energía, Francisco López.

El beneficio aprobado incluye un subsidio de cargo fiscal para el pago de las deudas morosas de clientes vulnerables, es decir, aquellos que no superen los límites de consumo mensual de 15 m3 de agua potable y 250KW/hora, o aquellos que, superando dicho consumo, sean parte de una agrupación colectiva, como grupos de familias o habitacionales, villas o poblaciones que cuenten con medidores comunes. Esto beneficiará al 75% de los deudores de agua y el 77% de deudores de electricidad.

Detalles de la Ley aprobada

  • Beneficiados: quienes tengan deudas generadas en pandemia desde el 18 marzo 2020 al 31 diciembre 2021.
  • Beneficios:
    1. Prorrateo automático y subsidio: Para los clientes con cuentas impagas y que no superen los límites de consumo mensual de 15 m3 de agua potable y 250KW/hora, o aquellos que, superando dicho consumo, sean parte de una agrupación colectiva, el proyecto prorratea automáticamente la deuda de la pandemia en 48 cuotas, de manera que las cuentas no se incrementen en más de un 15%, y establece un subsidio para el pago de esta cuota. En el caso de los primeros, el beneficio se aplicará automáticamente, los segundos, en cambio, podrán postular al beneficio hasta el 30 de junio del 2020.
    2. Prorrateo de deudas: Para los clientes con cuentas mensuales impagas que superen los mencionados límites, el proyecto extiende el plazo en que podrán prorratear su deuda, hasta en 48 cuotas, sin intereses o reajustes. Estos podrán hacerlo hasta el 31 de marzo.

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