Ministerio de Energía y SEC publican la primera guía para apoyar solicitudes de proyectos de hidrógeno verde

Ministerio de Energía y SEC publican la primera guía para apoyar solicitudes de proyectos de hidrógeno verde

Ministerio de Energía y SEC publican la primera guía para apoyar solicitudes de proyectos de hidrógeno verde

10 Mayo 2021

Para responder al interés que ha surgido en el país por emprender iniciativas de hidrógeno, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, junto al Ministerio de Energía, publicaron esta mañana una guía de apoyo para la solicitud de autorización de proyectos especiales de hidrógeno. Esto, con el objetivo de orientar a aquellas personas y empresas interesadas en implementar proyectos de hidrógeno cuando éstos consideren alguna instalación relacionada con producción, acondicionamiento, transporte, distribución, almacenamiento o consumo de hidrógeno como combustible.

En ese sentido, el ministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet señaló que “esta guía es un gran apoyo a la persona o empresa interesada en desarrollar un proyecto de hidrógeno, que ayuda para realizar una completa presentación de la solicitud de autorización de su proyecto a la SEC, permitiendo una tramitación más fluida y expedita”.

Por su parte, el superintendente de Electricidad y Combustible (SEC), Luis Ávila  explicó que “la Guía para la Presentación de Proyectos de Hidrógeno entrega una serie de definiciones, recomendaciones, formatos y procesos que deben seguir quienes quieran presentar estas iniciativas ante la SEC. Esta Guía estará disponible en nuestra web www.sec.cl y, en la misma página, se podrán presentar los proyectos, adjuntando la información solicitada”.

Cabe señalar que actualmente el Ministerio de Energía está trabajando en un reglamento de seguridad para las instalaciones de hidrógeno y mientras no se cuente con dicha normativa, todas las instalaciones de hidrógeno en materias de diseño, construcción, puesta en servicio, operación, mantenimiento, inspección y término definitivo de las instalaciones, deben presentar ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles un proyecto especial con el fin que ésta autorice el uso de tecnologías que no se encuentran reguladas. Por tanto, esta guía estará vigente mientras no se dicte la reglamentación técnica antes mencionada.

La Superintendencia, ante la inexistencia de reglamentación sobre instalaciones de hidrógeno, podrá permitir el uso de nuevas tecnologías las que deberán estar técnicamente respaldadas en normas o especificaciones nacionales o extranjeras, así como en prácticas recomendadas de ingeniería de la industria internacionalmente reconocidas.

“Para desarrollar la industria del hidrógeno verde es esencial contar con un marco regulatorio adecuado. Es por eso, que, además de esta guía, tenemos una serie de iniciativas que como Ministerio estamos impulsando para avanzar en la reglamentación y regulación de esta nueva industria. Entre ellas, conformaremos una mesa para trabajar la calidad del hidrógeno para estudiar su implementación en distintos usos, como celdas de combustibles y calderas” anunció Jobet.

También agregó que se inició un trabajo entre el Ministerio, la CNE y la SEC para elaborar un proyecto de ley de cuotas de H2 en redes de gas, “que esperamos ingresar durante este año”. 

Finalmente, la autoridad también señaló que “estamos poniendo todos los esfuerzos para publicar el reglamento de instalaciones antes de que finalicemos este Gobierno, plazo que inicialmente era para el 2025 y hoy le estamos poniendo acelerador”.

Guía de proyectos especiales

La guía está alojada en la siguiente ruta: https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2021/05/final_Guia-Proyectos-Especiales-Hidrogeno.pdf donde se incluye información sobre los plazos de las etapas del proceso de autorización, como, por ejemplo:

  • El de revisión de Admisibilidad, que corresponde al tiempo de la primera revisión de la solicitud de autorización una vez efectuada la presentación del proyecto a la Superintendencia. Para esta etapa se ha definido un plazo 30 días, en donde se revisará que la presentación contenga todos los antecedentes necesarios para su tramitación, y que éstos sean claros y suficientes para respaldar un diseño y operación segura.

  • El de Resolución SEC que corresponde al tiempo de preparación y despacho de la resolución de autorización, y que es el tiempo transcurrido desde la última gestión útil para el proyecto hasta el despacho de la resolución. Para esta etapa se definió un plazo de 45 días.

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