Compromiso con la Ética, Transparencia y Probidad
Plataforma centralizada para la difusión de buenas prácticas, la prevención de conductas de riesgo y el resguardo de la convivencia institucional de acuerdo con los marcos legales vigentes.
Módulos de Integridad Institucional
Seleccione una de las siguientes secciones oficiales para acceder a normativas, enviar requerimientos o descargar documentación oficial.
Código de Ética
Conozca los valores, principios y normas éticas que guían el actuar de todos nuestros funcionarios públicos.
Comité de Integridad
Conozca a nuestros representantes electos, sus funciones de acompañamiento y las actas de sesiones oficiales.
Centro de Ayuda y FAQ
Resuelva sus dudas sobre plazos, anonimato, represalias, confidencialidad y procesamiento de denuncias.
Canal de Ética
Realice consultas y denuncias confidenciales o anónimas mediante formularios interactivos guiados paso a paso.
VALS: Ley Karin
Protocolos y recursos relativos a la Ley 21.643 para la prevención del acoso laboral, sexual y violencia.
UAF: Delitos Financieros
Cumplimiento normativo y manuales de prevención de lavado de activos y financiamiento de actividades ilícitas.
Transparencia y Cero Represalias
Nuestra cultura de cumplimiento garantiza el anonimato absoluto en los reportes que así lo requieran y prohíbe explícitamente cualquier represalia de carácter laboral, salarial o personal.
- ✓ Protección garantizada de la identidad del denunciante de buena fe.
- ✓ Plazos de resolución transparentes y trazables por ticket.
- ✓ Comité de Integridad compuesto por miembros electos democráticamente.
Código de Ética
Marco deontológico y normativo de nuestra institución. Conozca los principios irrenunciables, las políticas de integridad y el reglamento de relaciones laborales aplicable.
Nuestros Valores Institucionales
Haga clic sobre cada valor para profundizar en su significado e implicancias prácticas en el servicio.
Detalle del Valor: Probidad y Honradez
Concepto e Interpretación
La probidad es el pilar central de nuestra función. Consiste en observar una conducta funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Nuestro Compromiso Práctico
Nos comprometemos a rechazar cualquier beneficio indebido y a denunciar activamente actos que atenten contra la moral de la institución.
Vista Previa del Documento
Consulte de forma interactiva las páginas destacadas del Código de Ética oficial.
Mensaje Directivo e Introducción
La integridad no es una opción, sino la base fundamental de nuestra relación con la ciudadanía. Este Código de Ética recopila las directrices normativas e inspiracionales que rigen el comportamiento de cada persona en nuestra institución. Nuestro fin es resguardar la fe pública, combatir la corrupción y propiciar ambientes saludables.
Actualización Vigente: Aprobado formalmente mediante Resolución Exenta del Ministerio N° 124 el 5 de Enero de 2026. Obligatorio para todo el personal.
¿Tiene dudas sobre nuestra normativa ética?
Usted puede hacer consultas anónimas de interpretación de normativas en cualquier momento.
Comité de Integridad Pública
Garantía de probidad y clima ético institucional. Un órgano multidisciplinar que promueve y vigila el cumplimiento de nuestras directrices éticas.
Integrantes del Comité
Estamento pluripersonal de representación institucional y funcionaria encargado de velar por los valores.
Coordinador/a de Integridad
Lidera y coordina las iniciativas de integridad y cumplimiento institucional.
Un representante del Gabinete del Subsecretario/a
Vínculo directo con la conducción estratégica y directiva del Ministerio.
Un representante de la División Jurídica
Garantiza el correcto encuadre normativo y la legalidad de los acuerdos y decisiones.
Un representante del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas
Facilita la vinculación con el clima laboral, capacitación y bienestar funcionario.
Un representante de la Asociación de Funcionarios/as del Ministerio de Energía
Representación gremial democrática para resguardar la equidad y los derechos de los funcionarios.
Funciones Principales
Las tareas asignadas por estatuto reglamentario.
Absolución de Consultas Éticas
ConfidencialRevisar y responder de manera vinculante u orientativa todas las consultas que los funcionarios o asesores formulen en relación con la aplicación práctica del Código de Ética.
Vigilancia e Investigación
Garantía de ImparcialidadConducir las etapas de admisibilidad y análisis preliminar ante denuncias por infracciones a las normativas internas, canalizándolas a sumarios correspondientes si corresponde.
Difusión y Capacitación
EducativoPromover campañas, charlas, talleres prácticos e inducciones obligatorias sobre probidad administrativa, Ley Karin y marcos de prevención del lavado de dinero (UAF).
Propuesta de Mejoras Normativas
Mejora ContinuaAnalizar vacíos normativos existentes y proponer actualizaciones al Código de Ética y procedimientos de resguardo institucional de manera periódica al Director del Servicio.
Actas y Resoluciones del Comité
Acceda de forma transparente a los registros históricos y reglamentos vigentes elaborados por este Comité.
Código de Ética Transversal para la Función Pública
Manual de Prevención del Delito y Lavado de Activos (UAF) v4.2
Protocolo de Prevención de la Violencia en el Trabajo, Acoso Laboral y Sexual (Ley Karin)
RES. EX. N° 100, Aprueba Sistema de Integridad Pública y Comité de Integridad de la Subsecretaría de Energía
Acta de Sesión Ordinaria N° 01/2026 - Plan Anual de Difusión
Resolución Exenta N° 345 - Aprueba Reglamento de Canales de Denuncia
Preguntas Frecuentes (FAQ)
Respuestas a dudas sobre canales, confidencialidad, procedimientos y tiempos reglamentarios.
¿Quiénes pueden realizar una denuncia en el Canal de Ética?
Cualquier persona, sea funcionario(a) de la institución, prestador(a) de servicios externo, o un ciudadano(a) ajeno a la organización, que detecte conductas contrarias al Código de Ética, faltas a la probidad, o ilícitos administrativos o penales en el contexto de nuestra función.
Categoría: Denuncias
¿Puedo realizar una denuncia de forma totalmente anónima?
Sí, el canal cuenta con una opción de envío totalmente anónimo. No es obligatorio proveer su nombre ni correo. Sin embargo, si decide ingresar sus datos de contacto de manera confidencial, nos facilitará el poder contactarle para solicitar antecedentes adicionales indispensables para el éxito de la investigación.
Categoría: Denuncias
¿Cuál es la diferencia entre una consulta ética y una denuncia?
Una consulta ética busca esclarecer una duda genuina sobre la interpretación del Código de Ética o cómo proceder en una situación particular (por ejemplo, ante la recepción de un obsequio corporativo). Una denuncia, en cambio, reporta un hecho ya ocurrido o en curso que infringe normativas éticas, reglamentos institucionales o leyes de la República.
Categoría: Consultas Éticas
¿Cuánto tiempo toma resolver una denuncia o consulta ética?
Las consultas de ética son resueltas en un plazo máximo de 10 días hábiles. Las denuncias, por su complejidad, pasan por una fase de admisibilidad de 5 días hábiles; de ser admitted, la investigación interna se desarrolla en un plazo estándar de 30 días hábiles, prorrogable excepcionalmente en casos altamente complejos.
Categoría: Plazos
¿Cómo se garantiza la confidencialidad y reserva de identidad de una denuncia?
La información ingresada viaja de forma cifrada a través de nuestros sistemas seguros. Solo los miembros autorizados del Comité de Integridad y los oficiales de cumplimiento correspondientes tienen acceso a la carpeta del caso. Además, por ley, se prohíbe cualquier tipo de represalia laboral, destitución, o desmedro en contra de los denunciantes de buena fe.
Categoría: Confidencialidad
¿Cómo saber si corresponde al Comité de Integridad o a Recursos Humanos?
Si su duda se refiere al comportamiento ético, valores del servicio o conflictos de interés, corresponde al Comité de Integridad. Si se trata de licencias médicas, remuneraciones, asignación de turnos, feriados u otros aspectos puramente contractuales, debe dirigirse directamente al Departamento de Recursos Humanos.
Categoría: Consultas Éticas
¿Cuál es el plazo aplicable para denuncias bajo la Ley Karin?
Bajo la Ley Karin (N° 21.643), las denuncias de acoso sexual, acoso laboral o violencia en el trabajo se acogen a plazos estrictos de investigación que no deben superar los 30 días, con reporte inmediato y confidencial a la Inspección del Trabajo respectiva para asegurar medidas de resguardo al denunciante en un plazo de 24 horas.
Categoría: Plazos / Ley KarinMódulos de Consulta y Denuncia
Canal de Consulta
Utilice este canal para resolver dudas relacionadas con la aplicación del Código de Ética, conflictos de intereses o situaciones de dilemas éticos en el ejercicio de la función pública. Sus consultas serán tratadas con absoluta reserva por el Comité de Integridad.
Canal de Denuncia
Canal oficial para informar hechos que revistan carácter de falta a la probidad administrativa, irregularidades o actos de corrupción. Este proceso garantiza el anonimato si se requiere y activa los protocolos de protección al denunciante establecidos por ley.
Compromiso de Confidencialidad y Protección
El Ministerio de Energía garantiza que toda información proporcionada a través de estos canales será tratada bajo los más estrictos estándares de seguridad y confidencialidad. De acuerdo con la normativa vigente, se asegura la protección de la identidad del denunciante y la prohibición de medidas disciplinarias o represalias derivadas de la presentación de una denuncia fundada.
VALS: Ley Karin (N° 21.643)
Pilares de la Ley 21.643
Seleccione un pilar regulatorio para desplegar la descripción legal y ejemplos empíricos asociados.
Acoso Laboral
Definición y Marco Legal
Toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, de manera sistemática o reiterada, y que resulte para el o los afectados en su desmedro, maltrato o humillación.
Ejemplos de Conductas Sancionables
Canal de Consulta
Utilice este canal para resolver dudas relacionadas con la aplicación del Código de Ética, conflictos de intereses o situaciones de dilemas éticos en el ejercicio de la función pública. Sus consultas serán tratadas con absoluta reserva por el Comité de Integridad.
Un Compromiso Institucional Activo
La Ley Karin no solo establece sanciones, sino que promueve el desarrollo de ambientes laborales libres de violencia por tal nuestra institución busca educar y sensibilizar mediante campañas comunicacionales, programas de trabajo, intervenciones y capacitaciones en nuestra institución.
Un buen ambiente lo construimos entre todos y todas.
Seleccione una categoría para desplegar la información interactiva y el fundamento legal del modelo de cumplimiento financiero.
El artículo 3, inciso sexto, de la Ley N°19.913, establece que las superintendencias y los demás servicios y órganos públicos señalados en el inciso segundo del artículo 1 de la Ley Nº18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, están obligados a reportar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) las operaciones sospechosas que detecten en el ejercicio de sus funciones.
Ello se realiza a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), el cual solo puede ser enviado a la UAF a través de su Portal de Entidades Reportantes.
El inciso segundo del artículo 3 de Ley N°19.913 define como operación sospechosa “todo acto, operación o transacción que, de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, resulte inusual o carente de justificación económica o jurídica aparente o pudiera constituir alguna de las conductas contempladas en el artículo 8 de la Ley Nº18.314 (actualmente, artículo 10 de la Ley N°21.732, de febrero de 2025), o sea realizada por una persona natural o jurídica que figure en los listados de alguna resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, sea que se realice en forma aislada o reiterada”.
Canales de atención segura y cifrada para consultas o reportes de presuntas infracciones financieras.
Utilice este canal para resolver dudas relacionadas con la aplicación del Código de Ética, conflictos de intereses o situaciones de dilemas éticos en el ejercicio de la función pública. Sus consultas serán tratadas con absoluta reserva por el Comité de Integridad.
Canal oficial para informar hechos que revistan carácter de falta a la probidad administrativa, irregularidades o actos de corrupción. Este proceso garantiza el anonimato si se requiere y activa los protocolos de protección al denunciante establecidos por ley.
El Ministerio de Energía garantiza que toda información proporcionada a través de estos canales será tratada bajo los más estrictos estándares de seguridad y confidencialidad de acuerdo a los artículos 6, 13 y 31 de la Ley N° 19.913. Se asegura la protección absoluta de la identidad del denunciante y la prohibición total de cualquier medida de represalia.



