PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 66, DE 2007, DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE INSTALACIONES INTERIORES Y MEDIDORES DE GAS

Detalle consulta

Nombre de la consulta:

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 66, DE 2007, DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE INSTALACIONES INTERIORES Y MEDIDORES DE GAS


Estado Abierta
Dias para participar 30 días
Fecha de inicio Miércoles, 28 Enero, 2026
Fecha de término Viernes, 27 Febrero, 2026
Correo recepción consultads66@minenergia.cl

 

 El objetivo del DS N° 66/2007 es establecer los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones interiores de gas y los medidores de gas, con el fin de precaver cualquier hecho que cause o pueda causar daño a las personas o a la propiedad. Constituye la normativa fundamental para el diseño, construcción y operación segura de las redes de gas en viviendas, comercios e industrias.

La modificación reglamentaria que se propone tiene por objeto actualizar la normativa vigente para reconocer y regular formalmente el uso de sistemas de tuberías multicapa (con capa central de aluminio) en las instalaciones de gas. Esta incorporación en el reglamento es necesaria para estandarizar los requisitos de seguridad, instalación y mantenimiento, otorgando certeza técnica y jurídica a la industria.

Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta que se indica a continuación:

 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 66, DE 2007, QUE APRUEBA REGLAMENTO DE INSTALACIONES INTERIORES Y MEDIDORES DE GAS.

Se propone habilitar y regular el uso de tuberías multicapa mediante las siguientes modificaciones:

Arts. 45.4, 45.4.1 y 45.4.2: Establecen los requisitos de certificación y las condiciones técnicas de instalación, incluyendo protección (UV y mecánica), uso de accesorios compatibles y restricciones de conexión.

Art. 45.1.3: Fija exigencias de almacenamiento y manipulación para garantizar la integridad física del material ante contaminantes o daños.

Art. 23: Obliga a los proveedores a disponer de manuales técnicos que detallen la compatibilidad de materiales, procedimientos de unión y herramientas necesarias.

Forma de participar: En el presente proceso de consulta ciudadana podrá participar toda persona natural, así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario descargable, al correo electrónico consultads66@minenergia.cl

Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto durante 30 días, a contar del día 28 de enero de 2026, por tanto, el cierre se efectuará el día 27 de febrero de 2026 a las 23:59 horas.

 

Etapas del Proceso Etapa Proceso

Plazo

Objetivo

Consulta Ciudadana

30 días contados desde el 28 de enero de 2026, prorrogables por una sola vez hasta por 7 días.

Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios al reglamento sometido a consulta ciudadana.

Consolidación y Respuesta

Hasta un plazo máximo de 30 días, contado desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogable hasta por 15 días.

Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público.

 

Publicación de respuestas: Las opiniones recogidas serán evaluadas y ponderadas por el Ministerio de Energía, para lo cual podrá consultar a otras entidades, estatales o privadas, y tras lo cual se generará un documento que resuma los resultados derivados del proceso consultivo. Aquellas observaciones que sean acogidas serán incorporadas en el documento final.

 

Documentos Descargables

Nombre Documento
VF para consultas version limpia
Planilla observaciones y comentarios modificación DS66