Consulta Previa a los Pueblos Indígenas

Consulta Previa a los Pueblos Indígenas

Consulta previa a los pueblos indígenas

 

¿Qué es la consulta previa a los Pueblos Indígenas?

Es un derecho de los pueblos indígenas y una obligación para el Estado, que emana del convenio 169 de la OIT. Mediante su ejecución se busca llegar a acuerdos con las comunidades indígenas susceptibles de ser afectadas por la dictación de una medida administrativa o legislativa.

 

¿Cómo se realiza la consulta previa?

La consulta debe realizarse mediante procedimientos apropiados y, en particular, a través de instituciones representativas de las comunidades indígenas consultadas. Además, debe efectuarse de buena fe y con la finalidad u objeto de llegar a acuerdo o lograr el consentimiento de las comunidades acerca de las medidas consultadas.

 

Consulta previa y Concesiones de Explotación Geotérmica

 

¿Por qué se hace consulta previa respecto de las concesiones de explotación de geotermia?

La realización de la consulta previa a los pueblos indígenas en una etapa temprana, como lo es la solicitud concesión de explotación, tiene por finalidad generar de un diálogo entre el Estado y los Pueblos Indígenas respecto de la medida que otorga la referida concesión, pudiéndose por su intermedio llegar a acordar y establecer condiciones para el aprovechamiento de este recurso energético renovable no convencional.

 

Consultas en ejecución: