
Consejo General del Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático en Energía
A través de la Resolución Exenta N° 44, de 09 de febrero de 2026, de la Subsecretaría de Energía, que crea el Consejo General del Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático en Energía y abre convocatoria para integrarlo, se inicia el proceso de las postulaciones.
Objetivo del Consejo General
El Consejo General es una instancia formal, consultiva, permanente y representativa de participación, diálogo, monitoreo y seguimiento de las acciones, medidas y compromisos establecidos en el Plan Sectorial de Mitigación y de Adaptación al Cambio Climático en Energía (PSMA Energía).
El Consejo General tendrá las siguientes funciones resumidas[1]:
- Monitorear y hacer seguimiento de la implementación del PSMA Energía.
- Revisar y retroalimentar los informes anuales de seguimiento del PSMA Energía.
- Canalizar observaciones, propuestas y recomendaciones de los sectores representados en el Consejo General en relación con la implementación, seguimiento y mejora del plan.
- Promover la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión del plan.
- Identificar brechas, dificultades y oportunidades de mejora en la implementación del plan.
- Facilitar la coordinación y el diálogo entre los distintos actores involucrados en la gobernanza del plan, promoviendo la colaboración, la construcción de consensos y la articulación efectiva.
- Apoyar la integración de los enfoques de género, inclusión social, pertinencia territorial e interculturalidad en la implementación del plan.
- Solicitar información relevante al Ministerio de Energía y a las instituciones coadyuvantes.
- Ejercer las demás funciones que le asigne el Ministerio de Energía, en el marco de la normativa vigente y de conformidad con los objetivos y principios establecidos en el PSMA Energía.
Composición y cupos
El Consejo General estará integrado por representantes de los siguientes sectores con experiencia y trabajo en materia de energía y/o cambio climático: Dos (2) organizaciones de la sociedad civil, seis (6) asociaciones gremiales, cámaras empresariales o entidades del sector privado, dos (2) universidades, centros de investigación o instituciones académicas, una (1) organización estudiantil, de jóvenes, adolescentes y/o niñas y niños y hasta dos (2) organizaciones que representen grupos vulnerables al cambio climático, según la definición del artículo 3° literal w) de la Ley N° 21.455 y en cuanto lo determine la comisión evaluadora en función de la convocatoria y la representatividad. Además, dos (2) representantes de pueblos indígenas, elegidas/os entre miembros de la Plataforma de Pueblos Indígenas para la Transición Energética (no postulan por este proceso).
Requisitos de postulación
Para postular como integrante del Consejo General, las instituciones u organizaciones deberán nominar un/a representante titular y suplente, quienes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años.
- Pertenecer a una institución u organización definidas en el PSMA Energía.
- No ser titular de un cargo de elección popular.
- No tener deudas por pensión de alimentos.
- No haber sido condenado a pena aflictiva.
Postulación y antecedentes
Las postulaciones deberán realizarse enviando los siguientes antecedentes al correo electrónico planescc@minenergia.cl hasta el 02 de marzo de 2026:
- Copia del rol único tributario.
- Certificado de vigencia de la persona jurídica no superior a 30 días contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Copia de la personería del representante legal de la persona jurídica, con certificado de vigencia.
- Carta de compromiso firmada por el o la representante legal (Formato descargable aquí).
- Declaración jurada simple firmada por el o la representante titular y el o la suplente que declara cumplir con los requisitos de postulación antes señalados, que incorpora autorización para consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos y verificar la veracidad de los antecedentes aportados, y aceptación de las reglas de probidad y abstención aplicables (Formato descargable aquí).
- Medio de verificación de la misión y visión de la organización o institución postulante, con el objetivo de evaluar su experiencia.
- Carta de Presentación de la organización o institución postulante, con el objetivo de evaluar su experiencia. (Formato descargable aquí).
Evaluación
En caso de existir más postulantes que cupos disponibles, el Ministerio de Energía aplicará los criterios de evaluación establecidos en el numeral 4 del resuelvo segundo de la Resolución Exenta N° 44 los que se resumen a continuación[2]:
- Misión y/o visión orientada a energía y/o cambio climático (30%).
- Carta de presentación (60%).
- Equidad de género de sus representantes (10%).
Plazos
El plazo para postular será hasta el lunes 02 de marzo de 2026. Este plazo podrá ser extensible hasta por cinco (5) días hábiles más si la cantidad de postulaciones recibidas no fuera suficiente para completar el 90% de los cupos disponibles, según lo establecido en la Resolución Exenta N° 44.
De realizarse la ampliación del plazo, esta será anunciada en la página web https://energia.gob.cl/cambioclimatico
En caso de requerirlo, una vez cerrada la postulación el Ministerio de Energía contará con un plazo de cinco (5) días hábiles para solicitar subsanación de antecedentes vía correo electrónico y las organizaciones o instituciones podrán enviar la documentación faltante en un plazo de cinco (5) días hábiles desde la notificación.
Una vez finalizada la evaluación de las postulaciones, el Ministerio de Energía dictará una resolución exenta con los resultados del proceso y la selección de los integrantes del Consejo General.



