Fecha de creación: Abril 2024
El impulso a los medios energéticos distribuidos se perfila como un objetivo importante, para la democratización del acceso y el uso de la energía. Al respecto, las acciones que el estado emprenda al respecto deben ser costo efectivas, pero también establecer condiciones de mercado local de forma que estos proyectos puedan desarrollarse de forma sostenible y autónoma en el tiempo.
Así, la implementación de sistemas fotovoltaicos en edificios públicos, presentan el sector como actor relevante y demostrativo en la implementación de sistemas de auto consumo con energías renovables.
El Ministerio de energía ya cuenta con experiencia en la materia, ya que entre los años 2015 y 2019, el Programa Techos Solares Públicos completó la instalación de sistemas fotovoltaicos para 136 edificios en 13 regiones de Chile, por un total de 5,3 MWp, que a fines del año 2018 representaba cerca del 25% de total instalado. Además, este programa contribuyó de forma importante a la maduración del mercado y a transparentar y visibilizar el mercado de instalación fotovoltaica, reduciendo rápidamente los costos para todos los demás ciudadanos que optaban por invertir en esta tecnología.
Bajo este contexto, el Ministerio de Energía en colaboración de la Agencia de Sostenibilidad Energética desarrollará el Programa Techos Solares 2.0, el que tendrá como herramienta de apoyo la implementación de una oficina técnica, análoga a la creada para la ejecución del Programa Techos Solares Públicos, con el objetivo de dar soporte a las instituciones públicas para el análisis de factibilidad técnica de proyectos fotovoltaicos en edificios, el diseño e ingeniería básica de estos sistemas, apoyo con bases de licitación y al seguimiento de la implementación de los proyectos para asegurar su correcta operación.
Bases del Concurso
Fechas máximas para postular | |
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Primera etapa | 09-oct-24 |
Segunda etapa | 07-ene-25 |
Tercera etapa | 12-abr-25 |
Cuarta etapa | 10-ago-25 |
Quinta etapa | 03-dic-25 |
En cuanto al financiamiento de estos proyectos, este se realizará bajo la modalidad de contrato ESCO (Energy Service Company, o empresas de servicios energéticos), de forma que se puedan desarrollar sin que el Estado deba desembolsar la inversión inicial. Particularmente para la implementación de sistemas fotovoltaicos, en los contratos ESCO la empresa le vende la energía generada a los edificios a un precio que tiene un descuento en comparación al precio que obtendrían desde la red de distribución eléctrica.
Postulación
Para poder postular al programa, se requerirá lo siguiente:
- El servicio deberá entregar la factura del consumo eléctrico del edificio que haya sido emitida a más tardar 3 meses antes de la fecha de postulación en plataforma
- El servicio interesado tendrá que entregar información técnica básica para poder identificar los edificios con condiciones idóneas para la implementación de paneles FV. Para ello deberán completar la ficha de información para que la oficina técnica realice un diagnóstico energético y así definir la factibilidad de la implantación de un sistema FV del edificio.
- Luego, con la información del diagnóstico, el servicio deberá enviar un oficio tipo a DIPRES solicitando autorización para firma de contrato de servicio plurianual, de acuerdo con la exigencia del artículo 14 de la ley 20.128.
(En caso que la institución postule con financiamiento propio no será necesario el envío de este oficio). - Asimismo, el servicio deberá firmar carta de compromiso con la Subsecretaría de Energía mediante el cual esta última se compromete a impulsar y apoyar la correcta implementación del proyecto.
Una vez que los servicios tengan estos 3 requisitos listos, en septiembre se habilitará el trámite digital para la postulación adjuntando los documentos descritos.
Requisitos mínimos:
- Disponer de una superficie para instalación de los sistemas de al menos 350 m2.
- Tener una cuenta de electricidad anual igual o superior a 12 millones de pesos.
- Se debe tener planificado el uso del edificio por más de 20 años.
- Si se postula un edificio arrendado, se deberá además entregar un documento por parte del dueño autorizando la intervención.
- No se debe tener contemplado en los próximos 15 años realizar un cambio de tarifa eléctrica.
- No se aceptarán en esta primera etapa, proyectos agrupados en más de un edificio.
Ante dudas y consultas adicionales, puede ponerse en contacto con el equipo que canaliza este proceso al siguiente correo electrónico: ptsp2.0@minenergia.cl