Informe Técnico para la Actualización del Estándar Mínimo de Eficiencia Energética Refrigeradores Domésticos
Detalle consulta
Nombre de la consulta:
Informe Técnico para la Actualización del Estándar Mínimo de Eficiencia Energética Refrigeradores Domésticos
Estado | Cerrada |
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Dias para participar | 72 días |
Fecha de inicio | Jueves, 20 Junio, 2024 |
Fecha de término | Viernes, 30 Agosto, 2024 |
Correo recepción | eficienciaenergetica@minenergia.cl |
CONSULTAS CIUDADANAS
La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la ley antes mencionada, el Ministerio de Energía mediante la Resolución Exenta Nº 117, de 26 de septiembre de 2018, aprobó la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Energía, en la que se establece, en su artículos 17 y siguientes, que el Ministerio pondrá en conocimiento, de oficio o a petición de parte, aquellas materias de interés ciudadano en las que se requiera conocer la opinión de las personas, las que podrán implementarse mediante consultas públicas virtuales.
Por lo anterior, es importante para el Ministerio de Energía recabar la opinión de la ciudadanía respecto de la propuesta de que se indica a continuación:
Informe Técnico para la Actualización del Estándar Mínimo de Eficiencia Energética Refrigeradores Domésticos
El Ministerio de Energía, en base a la facultad emanada de la letra h) del artículo 4º del D.L. Nº 2.224, de 1978, que establece que corresponde al Ministerio de Energía fijar, mediante resolución, los estándares mínimos de eficiencia energética que deberán cumplir los productos, máquinas, instrumentos, equipos, artefactos, aparatos y materiales que utilicen cualquier tipo de recurso energético, para su comercialización en el país, así como en lo establecido en el Decreto Supremo N°97, de 2011, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento que establece el procedimiento para la fijación de estándares mínimos de eficiencia energética y normas para su aplicación, esta Subsecretaría da inicio al proceso de consulta pública del “Informe Técnico para la Actualización del Estándar Mínimo de Eficiencia Energética de Refrigeradores Domésticos”.
En mérito de lo antes expuesto, el Ministerio de Energía pone a disposición de la ciudadanía el borrador del Informe Técnico para la Actualización del Estándar Mínimo de Eficiencia Energética de Refrigeradores Domésticos.
Forma de participar:
Observaciones y comentarios a la propuesta: En el presente proceso de consulta ciudadana podrán participar todos los hombres y mujeres así como las empresas u organizaciones interesadas, enviando sus observaciones y comentarios a través del formulario que se indica a continuación, al correo electrónico eficienciaenergetica@minenergia.cl.
Comité técnico: Una vez finalizado el plazo de consulta, y en caso de existir comentarios, se conformará un Comité Técnico, de carácter consultivo, para los efectos de revisar y analizar las consultas, los comentarios y las observaciones recibidas en la Consulta Pública. Los interesados en participar de esta instancia, deberán inscribirse por medio del formulario de inscripción y enviarlo al correo electrónico eficienciaenergetica@minenergia.cl.
Plazos de consulta: El proceso de consulta estará abierto a contar del día 20 de junio de 2024, en tanto el cierre se efectuará el día 30 de agosto de 2024 a las 23:59 horas.
Etapa Proceso |
Plazo |
Objetivo |
Consulta Ciudadana |
Desde el 20 de junio de 2024, al 30 de agosto de 2024. |
Periodo durante el cual la ciudadanía podrá efectuar sus observaciones y comentarios a las especificaciones técnicas |
Consolidación y respuesta |
Hasta un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el vencimiento del periodo de consulta, prorrogado por 5 días hábiles. |
Periodo durante el cual se analizarán las consultas hechas por la ciudadanía y se elaborarán las respuestas por parte del Ministerio, las que serán puestas a disposición del público. |