Destacan beneficios a pacientes electrodependientes de la Región de Coquimbo

Destacan beneficios a pacientes electrodependientes de la Región de Coquimbo

Destacan beneficios a pacientes electrodependientes de la Región de Coquimbo

27 Jun 2018

Alejandra Miranda vive de la Villa El Indio de La Serena y muestra con satisfacción su boleta de luz con un descuento de más de 6 mil pesos ¿La razón? Su hijo Bastián de 9 años nació con una asfixia neonatal, y a raíz de esto padeció un trastorno y epilepsia. Por lo tanto, dispone de equipos para mantenerlo estable, incluida calefacción permanente porque regular su temperatura corporal, motivo por el cual está registrado como electrodependiente, lo que le permite acceder a los recientes beneficios decretados por el Ministerio de Energía.

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Esto es parte de las medidas vigentes desde junio y que establecen el descuento en la cuenta, la mantención del servicio en caso de deuda, y la atención preferencial ante interrupciones prolongadas de suministro, disponiendo de equipos de respaldo provisorios. En el caso de la rebaja en la boleta, la cantidad equivale a 50 kWh/mes, es decir $6.700. De esta manera se busca liberar de cobro el consumo de los equipos médicos que requieren estos pacientes.

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La beneficiaria, que integra la agrupación nacional Luz para Ellos, agradeció este beneficio del Gobierno. “Cualquier ayuda para nosotros como familia es importante… En mi caso el día que tuvimos la posibilidad de ingresar a este beneficio fue un corte de luz en que se presentó la SEC y esperamos que llegara el generador, y así tuvimos electricidad para Bastián. Por eso es importante inscribirse y seguir los protocolos”, dijo.

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El Seremi de Energía, Alvaro Herrera, destacó que el objetivo del acuerdo logrado por el Gobierno con las empresas eléctricas y las familias de electrodependientes es ampliarlo a más pacientes en esta condición, ya que existe un primer catastro de 204 personas en la Región de Coquimbo que ahora se debe reactualizar. “El llamado es que se adscriban a este programa del Gobierno del Presidente Piñera y se registren en la página da la SEC o en las oficinas de la empresa eléctrica para optar a los tres beneficios. Hay una cantidad de familias que aún no se inscribe, entonces es importante que aprovechen esta herramienta disponible”.

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El Director Regional de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Carlos Herrera, precisó que en la misma SEC o en la distribuidora las personas pueden presentar la documentación para acreditar la condición de pacientes con necesidades de suministro, luego pasan por una revisión del organismo y recién ahí quedan automáticamente cubiertos. “La modalidad es simple: tener un formulario del médico tratante del paciente y un registro de incorporación a la calidad de electrodependiente para acceder a los beneficios”.

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La Gerente Comercial de CGE Coquimbo, Soledad Landsberger, recordó que el plan inicial consideró el no corte por deuda y la rápida reposición en casos especiales. “Con todas las contingencias hemos aprendido bastante, y si las personas se inscriben las podemos tener en nuestro sistema; cuando haya una contingencia tratamos de restablecer el suministro rápidamente, si es un sector grande, pero si la falla será un poco más prolongada, vamos con un generador de respaldo para las familias de electrodependientes”.

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EL PROCEDIMIENTO

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Para acceder a estas medidas las personas deben inscribirse en un nuevo “Catastro de personas electrodependientes”, que será administrado por cada empresa eléctrica y el cual se construirá en base a la información de pacientes provista y actualizada por la SEC. Para ingresar al catastro, el paciente, o quien para estos efectos lo represente, deberá presentar ante la SEC la solicitud acompañada de un “Certificado de Paciente Electrodependiente”, que deberá ser suscrito por el médico tratante y el director del establecimiento hospitalario, así como los demás antecedentes que acrediten su condición y las características del o de los elementos médicos requeridos.

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La condición de electrodependiente tendrá vigencia de un año, salvo en aquellos casos en que el mencionado certificado señale un tiempo menor.

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