¿Como Reportar?
Para reportar, bajo el marco de la Ley 21.305, las empresas deberán revisar en el Decreto Exento 163 del 3 de agosto del año 2021, emitido por el Ministerio de Energía. En este documento se mencionan los criterios que deben ser aplicados a las empresas para indicarles si deben o no reportar. En caso de aplicar como empresa llamada a reportar, esta deberá solicitar una apertura de una cuenta de usuario en el SIBNE al mail bne@minenergia.cl
Con el usuario y clave de acceso, la organización deberá completar la información general de su empresa y las plantas de operación con las que cuenta. Una vez realizada esta acción la empresa deberá reportar por cada planta definida, la información del reporte.
Finalmente una vez ingresada toda la información por planta, el sistema le indicará que deberá completar el formulario de Intensidad Energética por Empresa.
Cabe mencionar que las empresas que superen las 50 Tcal según la sumatoria de la energía consumida bajo todas sus plantas de operación o sucursales, deberán cumplir con el reporte, a pesar de no estar bajo los criterios señalados en el Decreto 163.
Descargar Flujo agregado de proceso de Reporte de Consumo e Energética.