Preguntas Frecuentes
1.- Reporte de Consumo e Intensidad Energética
# | Pregunta | Respuesta |
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1 | ¿Cómo sé si mi empresa debe realizar el reporte energético anual? |
Si su empresa (asociada a un RUT) supera las 50 tcal anuales de consumo de energía o bien cumple copulativamente con los criterios del artículo 2 del Decreto Exento 163:
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2 | ¿Qué es el decreto 163? |
Es el decreto publicado el 13 de Agosto de 2021 en Diario Oficial, donde se establecen los criterios que define a las empresas que deben realizar su reporte de consumos e intensidad energética. |
3 | ¿Cuáles son los plazos para realizar el Reporte Energético Anual? |
Las empresas que deben realizar su reporte energético, en el primer periodo de regulación, tendrán 3 meses para dar cumplimiento. Para los siguientes periodos, deberán realizarlo dentro de los 90 días primeros días de cada año. |
4 | Para el primer periodo de Reporte, en caso de haber realizado ya esta declaración, ¿se debe volver a realizar?, ¿Cuáles son los comprobantes que acredite que cumplimos con dicha declaración? |
Si el reporte realizado corresponde al consumo energético del año anterior de la publicación del Reglamento correspondiente, no debe volver a realizar dicho reporte, sino hasta el próximo período de cumplimiento. |
5 | ¿Cuál es la herramienta informática disponible para realizar Reporte Energético Anual? |
La plataforma de reporte a utilizar será el Sistema de Información del Balance Nacional de Energía (SIBNE). Esta plataforma funciona desde hace años para las empresas que voluntariamente han reportado, sin embargo, a partir de lo que señala el Decreto 163, será, además, la herramienta para que las empresas obligadas realicen sus reportes. |
6 | ¿Cuál es la información que la empresa debe informar en el Reporte Energético? |
Cada empresa deberá responder una encuesta y lo podrá hacer por cada planta, establecimiento o sucursal que posea por región asociada al RUT(en caso de poseer múltiples sucursales por región, estas podrán ser agrupadas en una sola), y en cada una de éstas se consultará sobre las principales transacciones energéticas ocurridas en el año calendario anterior al presente. Se entenderá como transacción energética a todo tipo de uso o intercambio de energía contabilizada mediante productos energéticos, es decir, cuanta energía adquirió, vendió, produjo, transformó y, por supuesto, usó. Dichas transacciones serán reportadas a través de un conjunto de formularios: Adquisiciones, Generación eléctrica, Uso en transformación de Energéticos, Usos finales, Venta de electricidad, Venta de Energéticos y Exportación, los cuales en su conjunto permiten verificar la información entregada, además, se deberá completar una encuesta RUT que permitirá calcular la Intensidad Energética correspondiente. Los formularios están elaborados de manera de no crear doble contabilización sino más bien verificar la entrega de información y la coherencia de ésta entre la energía que utiliza la empresa y la que ingresa a su negocio. |
7 | ¿Qué se debe considerar en Ventas Anuales? |
Todos aquellos ingresos derivados por ventas directamente relacionadas al giro de la empresa. |
2.- Indicadores y metas
# | Pregunta | Respuesta |
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1 | ¿Debo definir alguna meta en forma individual en el SGE fijada por la Ley? |
La Ley en su articulo 2, no existe el cumplimiento de metas ni objetivos a las empresas que sean señaladas como Consumidores con Capacidad de Gestión de la Energía (CCGE). En este sentido cada CCGE debe definir sus metas y objetivos de acuerdo a su negocio y gestión. |
2 | ¿En cuanto al cumplimiento de las metas país establecida en el articulo 1 de la ley de eficiencia energética, existirá alguna sanción de no cumplimiento? |
Con respecto al 4% indicado en el Articulo 1 de la Ley, articulo referido al Plan Nacional de Eficiencia Energética, este % no tiene sanción de cumplimiento, es una meta por todo el grupo de las empresas catalogadas como CCGE del país, la medición y seguimiento obedece a una metodología agrupada por sector, considerando la diversidad de todas las empresas que serán medidas en un solo indicador, y representan el avance a nivel nacional en mejoras desde el punto de vista de uso eficiente de la energía. |
3.- Sistemas de Gestión de la Energía
# | Pregunta | Respuesta |
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1 | ¿Existirá alguna distinción entre empresas que ya realizan gestión energética, respecto aquellas que aún no comienzan? |
Para efectos de aplicación del Reglamento correspondiente, en ambos casos deberán se deberá dar cumplimiento a las indicaciones. |